A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
Topics and subtopics of the ruling
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Con la Sentencia T-302/17 la Corte Constitucional encontró que la vulneración generalizada, irrazonable y desproporcionada de los derechos fundamentales de la niñez Wayuu de La Guajira, causada por las fallas estructurales de las entidades responsables y la desarticulación entre las diferentes autoridades nacionales y territoriales, configuraba un estado de cosas inconstitucional en relación con el goce efectivo de los derechos a la salud, al agua potable y a la alimentación en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia.
Con el presente auto, la Sala Especial de Seguimiento a la referida providencia, convoca a una inspección judicial que iniciará en las instalaciones judiciales de Uribia el día 17 de abril del presente año y terminará en las instalaciones judiciales de Maicao, el día 21 de abril de 2023.
Con este proveído también se estable la agenda a seguir en la precitada diligencia y la metodología para su desarrollo.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (25 points)
- Primero. CONVOCAR a una inspección judicial, que iniciará en las instalaciones judiciales de Uribia, La Guajira, a las 7 a.m del 17 de abril de 2023 y terminará a las 6 p.m del 21 de abril de 2023 en las instalaciones judiciales de Maicao, La Guajira.
- Segundo. La agenda de la diligencia será la siguiente:
- Tercero. SOLICITAR la presencia de los siguientes participantes en la diligencia: A efectos de dar cumplimiento a la inspección judicial, se solicitará la presencia de las siguientes autoridades y entidades con el fin de verificar los distintos componentes según lo mencionado: i) el Gobernador de la La Guajira, los Alcaldes de Maicao, Manaure, Riohacha y Uribia, las y los Secretarios de Despacho, según las competencias asignadas por cada Alcaldía (en materia de agua, salud, alimentación, transporte y educación), los corregidores y las autoridades étnicas de los municipios a los cuales pertenecen las comunidades indicadas; ii) representantes legales de las empresas encargadas de la prestación del servicio de agua; (iii) Defensoría del Pueblo; iv) Procuraduría General de la Nación; v) Consejería Presidencial para las Regiones; vi) Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio; y vii) Ministerio de Salud; viii) Ministerio de Educación; ix) Ministerio de Transporte e Invías; x) ICBF; xi) Registraduría Nacional del Estado Civil; xii) Veeduría Ciudadana para la implementación de la sentencia T-302 de 2017 y xiii) el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad - Dejusticia.
- Las Alcaldías de los municpios de Maicao, Manaure, Riohacha y Uribia informarán, en el término de cinco (5) días contados a partir de la notificación de este auto, los nombres de los corregidores y autoridades étnicas de las comunidades antes enunciadas. El ICBF, además, dispondrá de personal idóneo que acompañe a la Sala en su interacción con las, los niños y adolescentes de las comunidades visitadas.
- Cuarto. SOLICITAR la presencia de las y los siguientes expertos que apoyarán la diligencia de inspección judicial:
- Componente
- Experto/a
- Agua
- Juan Guillermo Saldarriaga, director del Centro de Investigaciones en Acueductos y Alcantarillados de Los Andes
- Alimentación
- Observatorio de Seguridad Alimentaria y Nutricional (OBSAN) de la Universidad Nacional de Colombia
- Salud
- Juan Carlos Freyle Ballestas (Representante del Colegio Médico de La Guajira).
- Apoyo fotográfico
- Jesús Abad Colorado
- Traducción Wayuunaiki
- Instituto Caro y Cuervo
- Para facilitar su gestión, se les solicitará a las y los expertos que en los diez (10) días siguiente a la notificación de este auto, le informen a la Sala su disponibilidad, qué medios requerirán para efectuar sus observaciones y eventuales pruebas técnicas, cuyo suministro le corresponderá a las autoridades públicas convocadas o a otras que estas indiquen.
- Quinto. SOLICITAR a las y los expertos en los componentes de agua, salud y alimentación que, en el término de quince (15) días contados a partir del día siguiente a la realización de la inspección judicial, alleguen un informe técnico sobre lo constatado en la diligencia dependiendo de cada componente a verificar, así como las posibles respuestas y soluciones.
- Sexto. DISPONER que en todos esos escenarios de la inspección judicial se cuente con el acompañamiento de las o los traductores que designe el Instituto Caro y Cuervo, quienes realizarán la traducción de lo programado, realizado y determinado al lenguaje wayuunaiki.
- Séptimo. ORDENAR a la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de La Guajira que facilite las sedes judiciales en las cuales se iniciará y terminará la diligencia y que adelante las gestiones necesarias para brindar el apoyo y acompañamiento necesario para la instalación, el traslado, y demás aspectos que permitan cumplir a satisfacción la diligencia de inspección programada.
- Octavo. ORDENAR a la Coordinación Administrativa de la Corte Constitucional, a la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y al Consejo Superior de la Judicatura que adelanten las gestiones necesarias para brindar el apoyo y cubrimiento de los gastos propios de transporte, alojamiento y alimentación indispensables para el desarrollo de la diligencia de inspección judicial a quienes asisten por parte de la Corte y a quienes brindarán apoyo especializado. Lo anterior, en lo que corresponda al ejercicio de sus competencias.
- Noveno. SOLICITAR a la Policía Nacional, que adelante las gestiones necesarias para brindar el apoyo y acompañamiento necesario para la instalación, el traslado, y demás aspectos que permitan cumplir a satisfacción la diligencia de inspección programada.
- Décimo. Para la ejecución de la diligencia de inspección judicial SE ADOPTARÁN todas las medidas sanitarias y de bioseguridad indispensables para garantizar de manera efectiva la salud de los todos los participantes.
- Décimo. Proceda la Secretaría General de esta Corporación a librar las comunicaciones correspondientes, adjuntando copia de este proveído.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.